Desde el lunes 10 de agosto, el municipio de Santa Fe actualizó el valor de la Unidad Fija (UF), parámetro que determina el costo de las infracciones. Es el cuarto incremento en lo que va del año.
A partir de este lunes 10 de agosto, el valor de la Unidad Fija (UF) en la ciudad de Santa Fe se actualizó a 2.092 pesos, según confirmaron fuentes municipales. Este parámetro se utiliza para fijar el cuadro tarifario de todas las infracciones tipificadas en el Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza N° 7.882 y modificatorias).
En lo que va del año, se registraron cuatro actualizaciones de la UF: el 1° de febrero se fijó en 1.701 pesos; el 1° de abril en 2.045 pesos (incremento del 20,2% en dos meses); el 1° de junio en 2.087 pesos; y ahora, desde el lunes 10 de agosto, en 2.092 pesos. Este último incremento representa un 0,24% respecto al valor anterior. El acumulado en 2026 es del 23%.
La administración municipal, a cargo del intendente Juan Pablo Poletti, tiene la potestad otorgada por la ordenanza vigente (N° 12.943) de actualizar la UF de forma bimestral, en función de los incrementos en los combustibles. Dicha normativa, sancionada por el Concejo en 2024, establece que el valor de la UF equivale a un litro de nafta súper valor surtidor de la empresa YPF del ACA de Santa Fe. El Ejecutivo Municipal tiene la obligación de publicar en su sitio web oficial el valor de la UF y sus actualizaciones en forma bimestral.
La mayoría de las contravenciones, a excepción de las consideradas “muy graves”, como disputar carreras en la vía pública, pueden abonarse en forma voluntaria con un descuento del 20% del valor impuesto, tanto en su mínima como en su máxima.
Multas graves
Las multas están determinadas por la cantidad de UF asignada a cada contravención, multiplicada por el valor de una UF. Se fija un valor de mínima y otro de máxima, y el Juez de Faltas determina el monto final entre ambos.
- Por disputar carreras en la vía pública (“picadas”): de 2.500 UF ($5.230.000, mínima) a 8.000 UF ($16.736.000, máxima) e inhabilitación para conducir de 1 a 2 años.
- Por circular a una velocidad que supere en 20 km/h hasta 40 km/h la máxima permitida: de 150 UF ($313.800, mínima) a 1.500 UF ($3.138.000, máxima).
- Por superar en más de 40 km/h la velocidad máxima permitida: de 220 UF ($460.240, mínima) a 2.200 UF ($4.602.400, máxima).
- Por conducir en estado de ebriedad, bajo acción de tóxicos o estupefacientes, narcolemia o alcoholemia positiva: de 190 UF ($397.480, mínima) a 2.000 UF ($4.184.000, máxima) y/o inhabilitación de hasta 365 días.
- Por manejar utilizando telefonía móvil sin sistema de manos libres: de 50 UF ($104.600, mínima) a 500 UF ($1.046.000, máxima) y/o inhabilitación de hasta 60 días.
- Por circular en moto sin casco protector normalizado (conductor o acompañante): de 50 UF ($104.600) a 500 UF ($1.046.000) y/o inhabilitación de hasta 60 días.
Multas intermedias
- Por estacionar en dársenas del nuevo SEOM sin la debida registración: 11 UF ($23.012).
- Por estacionar en doble mano, mano prohibida, vereda, contramano, delante de garajes particulares o playas de estacionamiento: de 15 UF ($31.380, mínima) a 150 UF ($313.800, máxima).
- Por lavar vehículos en la vía pública: de 20 UF ($41.840, mínima) a 200 UF ($418.400, máxima).
Multas de menor rango
- Por no instalar recintos o depósitos para bolsas de residuos en el frente de edificios (cestos en altura): de 30 UF ($62.760, mínima) a 120 UF ($251.040, máxima).
- Por no eliminar yuyos o malezas en la vereda o en la cinta verde: de 15 UF ($31.380, mínima) a 150 UF ($313.800, máxima).
- Por entregar bolsas plásticas para acarreo de mercaderías en contravención a la normativa vigente: de 80 UF ($167.360) a 800 UF ($1.673.600).
