El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina en el marco de un proceso colectivo iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie. La decisión estará vigente hasta que los tribunales inferiores analicen la cuestión de fondo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó este viernes una medida cautelar interina que suspendió la derogación de la Ley de Tierras, dispuesta en el artículo 154 del DNU 70/2023.
El máximo tribunal tenía bajo análisis dos causas vinculadas con esa norma. Por tratarse de procesos colectivos, debió resolver primero la iniciada por el CECIM, que fue la primera en inscribirse en el registro correspondiente. Esa situación dejó a la espera de una definición el expediente de la Asociación Civil Árbol de Pie, que ahora fue resuelto.
El planteo del CECIM, basado en la protección de la soberanía, fue rechazado por falta de legitimación. Luego, la organización solicitó una aclaración para determinar si esa decisión también alcanzaba a su situación. En este contexto, la Corte avanzó sobre el segundo expediente, en el que se invocó el derecho a un ambiente sano.
Sin que se hubieran dictado medidas previas en las instancias judiciales anteriores, el máximo tribunal resolvió establecer una medida cautelar interina. La decisión tendrá vigencia hasta que los tribunales inferiores analicen la cuestión de fondo.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
Noticia en desarrollo
