La Corte Suprema de Justicia de la Nación difundió un compendio que reúne 24 sentencias judiciales dictadas entre 2020 y 2025, con el objetivo de mostrar cómo los tribunales argentinos aplican la perspectiva de género en casos de femicidio.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación publicó el «Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026», un documento que reúne 24 sentencias judiciales dictadas entre 2020 y 2025. Las sentencias fueron seleccionadas por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema a partir de casos registrados en el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (2017-2024).
El compendio tiene como objetivo mostrar cómo los tribunales argentinos aplican la perspectiva de género y los estándares nacionales e internacionales en casos de femicidio. La mayoría de los casos concluyen con condenas por homicidio agravado por el vínculo y/o por haber sido cometido mediando violencia de género (artículo 80, incisos 1 y 11 del Código Penal), imponiéndose generalmente la pena de prisión perpetua.
Sin embargo, tres causas analizan la responsabilidad civil del Estado y condenan a las provincias de Mendoza, Salta y Tucumán (y a un ex juez, en este último caso) por no haber actuado antes del ataque. Un cuarto caso es una cuestión procesal en la que se revoca un sobreseimiento y se ordena seguir investigando.
En las distintas sentencias se destaca la importancia del contexto de violencia de género. Los tribunales sostienen que el femicidio no se determina solo por la muerte de una mujer, sino por la existencia de un contexto previo de dominación, control, amenazas, violencia física o psicológica, celos, hostigamiento o relaciones desiguales de poder. También se hace hincapié en la valoración de la prueba: incluso cuando no existen testigos directos, las condenas pueden fundarse en pruebas indiciarias, antecedentes de violencia, denuncias previas, pericias y el comportamiento del agresor antes y después del hecho.
Las sentencias aplican la Convención de Belém do Pará, la CEDAW, la Ley 26.485 y la Ley Micaela, y se destaca la obligación del Poder Judicial de investigar y juzgar estos hechos con perspectiva de género. Además, el compendio remarca que, en investigaciones por femicidio, los jueces deben extremar los recaudos para garantizar el acceso a la Justicia y evitar decisiones arbitrarias que impidan el esclarecimiento de los hechos.
Entre los fallos destacados, en 2020 un juzgado de Rosario consideró acreditado que el imputado provocó quemaduras en el cuerpo de su pareja que le causaron la muerte. El fallo entendió que se utilizó un medio cruel, sobre una persona joven, con cinco hijos, en forma deliberada frente a dos de sus hijos, en un escenario de violencia de género. En 2022, la Corte Suprema de Catamarca condenó a un acusado que «decidió ponerle fin a la vida de (de la víctima) porque (…) no accedió al pedido de él de abortar». En el mismo año, un fallo en Formosa utilizó el encuadre por la «relación desigual de poder» entre la víctima y el agresor, y señaló que el Estado tiene la obligación de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer.
También en 2022, la Justicia salteña dio curso al reclamo al Estado de los padres de una víctima de femicidio por el resarcimiento del daño moral, tras la muerte violenta de su hija a manos de su cónyuge en el interior de una unidad carcelaria. En 2023, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Santa Cruz condenó a la ex pareja de la víctima, basado en que el autor consideraba a la víctima «un objeto, una cosa de su propiedad de la que podía disponer según su voluntad». En 2024, el Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires entendió que la cantidad y gravedad de las lesiones que presentó la víctima es un signo asociado al femicidio. En 2025, un Tribunal de Córdoba integrado parcialmente por jurados definió un caso en que la víctima y el agresor eran amigos de la facultad, con una relación atravesada por celos, desconfianza y violencia psicológica.
Finalmente, en 2025 en Tucumán, la Cámara de Apelaciones condenó a la Provincia de Tucumán y a un ex juez a resarcir los daños derivados del femicidio de una joven docente, al constar trece denuncias de la víctima. El tribunal entendió que el Estado Provincial incurrió en una clara falta de servicio y que el ex juez actuó con culpa grave al demorar casi siete meses en dictar sentencia.
